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RESOLUCION INTEGRACION EQUIPO DE GOBIERNO 2020 - 2025 (Junta Local de Centenario)

Resolución Nº 21980/2020 

                                           Durazno, 29 de Diciembre de 2020

 

-VISTO: Que el día 26 de noviembre de 2020 se ha asumido el cargo de Intendente Departamental de Durazno, por el período 2020-2025.

-CONSIDERANDO I: Que corresponde proceder a la integración del equipo de Gobierno Departamental, designando a quien cumplirá las función de particular confianza en calidad de Secretario de la Junta Local de Centenario, a partir del día 29 de diciembre de 2020, para el cumplimiento de las tareas inherentes a dicho cargo.

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Resolución Nº20840/2020

Resolución Nº20840/2020 

Durazno, 7 de Diciembre de 2020

 

VISTO: Los presentes procedimientos de Licitación Abreviada N° 49/2020, que tiene por objeto “Cambio de techo en casa de las primeras ciudadanas sudamericanas en la localidad de Cerro Chato- Departamento de Durazno, todo tramitado en el expediente Nº 3900/2020.-

RESULTANDO I): Que se realizaron las publicaciones correspondientes, en tiempo y forma y se le dio al llamado la difusión pertinente en las páginas web de Durazno y compras Estatales.-

RESULTANDO II): Que con fecha 16 de noviembre de 2020 se procedió al acto de apertura de los sobres que contuvieran las propuestas presentadas, según surge del Acta glosada fojas 92 , habiéndose presentado a la misma tres firmas: DA COSTA PAREDES HEBER, JORGE ATAHUALPA RODRIGUEZ SILVA,WF CONSTRUCCIONES S.A.S

CONSIDERANDO I): Que todas las empresas presentaron la documentación el día de la apertura en el plazo estipulado y de acuerdo a lo solicitado.

CONSIDERANDO II): Que consta a fojas 95 Y 96 cuadro comparativo e informe del Departamento de Obras respecto al estudio de las ofertas presentadas.

CONSIDERANDO III): Que con fecha 26 de noviembre de 2020 se procedió por parte de la Comisión Asesora de Licitaciones y Adjudicaciones de la Intendencia al informe de la referida licitación sugiriendo al Ejecutivo la adjudicación de la misma de acuerdo al informe que antecede.

CONSIDERANDO IV): El compromiso de gestión, firmado entre el Poder Ejecutivo, a través de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Intendencia de Durazno con la finalidad de contribuir a la transparencia, a la difusión de la gestión del Gobierno Departamental para facilitar el relacionamiento del contribuyente con el mismo y además al fortalecimiento de las finanzas municipales y la consolidación con los sistemas del Gobierno Central.

CONSIDERANDO V): Que se han cumplido en la especie con todos los requisitos exigidos contenidas en el Pliego Condiciones Particulares que rige el presente llamado y en las disposiciones contenidas en el Decreto del Poder Ejecutivo N° 95/1991, (T.O.C.A.F), ley 15.903, normas complementarias y modificativas.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y las facultades constitucionales y legales

 

EL INTENDENTE DE DURAZNO RESUELVE

 

1°) ADJUDICACION: Adjudicase la Licitación Abreviada N° 49/2020“Cambio de techo en casa de las primeras ciudadanas sudamericanas en la localidad de Cerro Chato- Departamento de Durazno”, de acuerdo a las especificaciones establecidas en el informe elevado por la Comisión de Adjudicaciones y Licitaciones a la empresa WF CONSTRUCCIONES S.A.S Por un monto total de comparación de $1.249.140 I.V.A. Y Leyes Sociales incluidas , siendo el monto imponible sobre el que se calculan las leyes sociales de $150.000

2º) REMISIÓN: Tome intervención el Contador Delegado del Tribunal de Cuentas de la República.

3°)NOTIFICACIONES: Por División Abastecimiento, efectúense las notificaciones que correspondan.

4°)PUBLICIDAD: Publíquese en la pagina WEB: www.durazno.gub.uy y www.comprasestatales.gub.uy

5º) TRAMITE: Fecho siga al Departamento de Hacienda a sus efectos.-

 

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Resolución Nº22070/2020

Resolución Nº22070/2020 

Durazno, 30 de Diciembre de 2020

 

VISTO: La solicitud del Señor Secretario de la Junta Local de San Jorge, de hacer uso de días pendientes de licencia ejercicio 2019, recaída en el trámite 2020-28819.-

CONSIDERANDO I: Que por lo expuesto el mencionado cargo quedará acéfalo.-

CONSIDERANDO II: Que debe designarse una persona que ocupe interinamente el cargo de Secretario Interino de la Junta Local de San Jorge, con las tareas inherentes al mismo, con la importancia y jerarquía que el cargo requiere.-

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Art. 77 de la Constitución de la República,

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Resolución Nº21808/2020

Resolución Nº21808/2020

Durazno, 22 de Diciembre  de 2020
   

VISTO: que, desde que se declaro la emergencia sanitaria el 13 de marzo del presente Año por Decreto del Poder Ejecutivo Nº93/2020, se ha constatado en las últimas semanas un crecimiento sostenido de los casos activos de COVID-19 en el Departamento de Durazno.-

RESULTANDO I): que, por Ley Nº19.932 el Senado y la Cámara de Representantes del Uruguay reglamentan el artículo 38 de la Constitución de la República, suspendiendo las aglomeraciones de personas que generen un notorio riesgo para la salud, entendiéndose como tales, la concentración, permanencia o circulación de personas en espacios públicos o privados de uso público, sin la implementación y cumplimiento de las medidas sanitarias dispuestas a través de los Ministerios competentes.-

RESULTANDO II): que, en la misma Ley aprobada y citada, se faculta a los Gobiernos Departamentales a disponer el cese de las aglomeraciones y de reuniones de personas que generen un notorio riesgo sanitario.-

CONSIDERANDO I): que, resulta necesario y razonable que esta Intendencia Departamental profundice en las medidas sanitarias y de otra índole ya puestas en práctica, y en lo establecido en la reciente Ley aprobada Nº19.932, coadyuvando con las mismas y con el Gobierno Nacional en el objetivo de reducir los efectos de la propagación del virus SARS-CoV-2, para mantener la salud pública de toda la población de Durazno, de acuerdo a los preceptuado en el artículo 35), numeral 24), literal A),de la Ley Nº9515 “Ley Orgánica Municipal”.-

CONSIDERANDO II): que, de acuerdo al Decreto Departamental Nº294/988 “Ordenanza de Ferias Comerciales y Vendedores Ambulantes”, en el ámbito de la realización de las Ferias Comerciales que se pretendan llevar a cabo, la Intendencia autorizara la instalación de las mismas, otorgando los permisos para ello y para su funcionamiento, los que serán concedidos por el Intendente Departamental, con carácter de precarios, revocables e intransferibles, siendo potestad de esta Intendencia reglamentar todo lo relativo a ello (artículo 39º).-

CONSIDERANDO III): que, es menester, en el contexto actual, tomar conciencia, por parte del conjunto de la población, de la gravedad de la situación sanitaria y la necesidad de participación activa de cada persona como parte de una colectividad ciudadana, extremando los cuidados de higiene y los vínculos con otras personas, fomentando la solidaridad individual y colectiva, ello implica la modificación temporal de algunos de nuestros hábitos, y actividades, para evitar aglomeraciones y la permanencia en espacios abiertos o cerrados.-

CONSIDERANDO IV): que, habiéndose reunido el Comité de Emergencia Departamental en su conjunto, en el día de la fecha 21 de diciembre de 2020, se considero dentro del Orden del Día, como asunto de vital importancia la realización de las próximas Ferias Comerciales con motivo de las fiestas tradicionales de Navidad, Año Nuevo y Reyes, sugiriéndose por decisión unánime de sus integrantes, que, enaras de la protección de un bien fundamental como lo es la salud colectiva, cuya
garantía permite el goce de los demás derechos y libertades, no se conceda el permiso, por parte de esta Intendencia Departamental, para llevar a cabo las Ferias ya referidas, así como suspender aquellas que no cuenten con un permiso expreso expedido por la Intendencia y/o regulado por norma vigente.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y, a lo dispuesto en el Decreto Nº294/988 “Ordenanza de Ferias Comerciales y Vendedores Ambulantes”, Ley Nº9515 “Ley Orgánica Municipal”, y Ley Nº19.932 “Reglamentación del Articulo 38 de la Constitución de la República”,

 

El INTENDENTE DEPARTAMENTAL de DURAZNO
RESUELVE:

 

1.- No conceder permiso para la instalación y funcionamiento de las Ferias Comerciales con motivo de las Fiestas Tradicionales de Navidad, Fin de Año y Reyes.-

2.- Suspéndase toda aquella Feria que se realice sin el permiso expreso de la Intendencia de Durazno y/o que no se encuentre debidamente regulada por norma vigente aplicable.-

3.- Comuníquese, por todos los medios idóneos a tal efecto.-

4.- Cúmplase, remitiéndose al Departamento de Servicios.-

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Resolución Nº21767/2020 - Asueto los días 24 y 31 de diciembre de 2020

Resolución Nº21767/2020

Durazno, 22 de Diciembre de 2020

 

VISTO: La proximidad de las tradicionales Fiestas de Navidad y Fin de Año.-

 

RESULTANDO I: Que es habitual la fijación de un horario especial en vísperas de estas jornadas, como lo hace siempre esta Administración, mediante la fijación de media jornada laboral.-

 

RESULTANDO II: Que este año en especial, ambas fechas caen en día jueves, siendo feriado no laborable el día siguiente.-

CONSIDERANDO I: Que en virtud de la emergencia sanitaria COVID 19, establecida por el Gobierno Nacional, así como lo dispuesto en la Ley N° 19.932 mediante la cual se reglamenta el artículo 38 de la Constitución de la República se debe ultimar medidas con el fin de evitar aglomeraciones, este Ejecutivo decidió conceder un asueto especial para ambas fechas, para los funcionarios Administrativos, Obreros y de Servicios, con las excepciones que se indican en la parte dispositiva de la presente Resolución.-

 

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a las facultades legales y constitucionales vigentes,

 

EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO, RESUELVE:

 

Primero: Determínense excepcionalmente días de asueto los días 24 y 31 de diciembre de 2020, para todos los funcionarios de la Intendencia de Durazno.-

Segundo: Sin perjuicio de lo antes resuelto, por motivos de necesidad de servicio, las horas de trabajo correspondientes a las jornadas antes mencionadas, podrán ser requeridas por el jerarca respectivo para su cumplimiento.-

 

Tercero: Comuníquese a los Municipios de Sarandí del Yí y Villa del Carmen, Juntas Locales del Departamento; Notifíquese a los Sres. Directores Generales de Departamento, Coordinación General, Jefes de Divisiones, Jefes de Secciones y demás reparticiones, quienes deberán tomar las medidas del caso con el fin de no resentir servicios.-

 

Cuarto: Por la Oficina de Prensa y Propaganda dése difusión, insértese en la página web www.durazno.gub.uy.-

 

Quinto: Cumplido y con las constancias correspondientes, procédase a su archivo.-  

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