Resolución Nº 3225/2025 - AMPLIACIÓN RESOLUCIÓN REEMPADRONAMIENTO Y CHAPAS MATRÍCULAS
Resolución Nº 3225/2025
Durazno, 26 de Marzo de 2025
VISTO: El régimen departamental de reempadronamientos el cual se encuentra regulado en la Ordenanza General de Tránsito, Decreto 695/979 del 27 de diciembre de 1979 artículo 106 y reglamentado por Resolución Nº 4935/1990 de 24/08/1990, el cual exige, entre otros recaudos, “acreditar la propiedad” mediante la libreta de circulación o certificado expedido por la municipalidad donde se hallan empadronados (ex certificado de antecedentes, hoy “CERTIFICADO SUCIVE”).
RESULTANDO: Que esta Intendencia Departamental mediante Resolución N° 2578 de fecha 10 de Marzo de 2025, resuelve; Autorizar el reempadronamiento vehicular sin costos de chapas matrículas e impresión de libreta de propiedad, por el termino de 60 dias a partir de la presente Resolución a poseedores que acrediten la posesión en los términos de los artículos 1196 y 649 inciso 3º y 1233 del Código Civil, así como a los contribuyentes que ya han reempadronado desde la fecha retroactiva en la que se comenzaron las notificaciones por División Tránsito.
CONSIDERANDO : Que se constata que se incurrió en un error administrativo involuntario al confeccionar la antes mencionada Resolución por lo que corresponde enmendar el mismo.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y en uso de las facultades legales vigentes;
EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO; RESUELVE:
Primero. Ampliase el numeral primero de la Resolución N° 2578 de fecha 10 de Marzo de 2025, quedando redactado de la siguiente manera:
Apruébase el reempadronamiento vehicular sin costos de chapas matrículas e impresión de libreta de propiedad, por el termino de 60 dias a partir de la presente Resolución a titulares y poseedores que acrediten la posesión en los términos de los artículos 1196 y 649 inciso 3º 1233 del Código Civil, para aquellos que reempadronaron a partir de la fecha de la Resolución N° 236/2025 de fecha 8 de enero de 2025.
Segundo: Fecho pase a los Departamentos de Hacienda y Administración.
Tercero: Por la Oficina de Prensa y Propaganda dese difusión y por la Oficina de Centro de Cómputos insértese en la página web.
Cuarto: Cumplido con las constancias correspondientes, archívese.
Resolución N.º 2578/2025 - Chapas Matrículas e impresión de Libreta de Propiedad
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