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Puestan de Manifiesto - Plan Local de la ciudad de Durazno y su zona de influencia

Resolución Nº9617/2022
Durazno, 15 de Noviembre de 2022

 

 

VISTO.- El proceso de Revisión del Instrumento de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible "Plan Local de la ciudad de Durazno y su zona de influencia", en el marco de lo dispuesto por la ley 18.308 de 18 de junio del 2008 y modificativas.

 

RESULTANDO I.- Que en el marco del Convenio firmado con el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, la Intendencia Departamental remitió el proyecto de Documento Avance a la Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial para trabajo conjunto del mismo.

 

 

RESULTANDO II.- Que conjuntamente con la Dirección Nacional de Aguas del Ministerio de Ambiente, se elaboró la Revisión del Mapa de Riesgo de Inundaciones de la ciudad de Durazno, siendo éste un insumo indispensable en la revisión del instrumento referenciada.

 

CONSIDERANDO I.- Que la Revisión del Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la ciudad de Durazno y su zona de influencia, se enmarca en lo dispuesto por los Artículos 8, 14, 17, 23 y siguientes de la Ley 18.308 de fecha 18 de junio de 2008.

 

CONSIDERANDO II.- Que en ese marco se actualizó la conformación del Equipo Técnico de Ordenamiento Territorial de la Intendencia de Durazno, designándose responsable del mismo al Director General del Departamento de Obras Arq. Matías Cabrera.

 

CONSIDERANDO III.- Que el Equipo Técnico responsable de la elaboración del referido documento, ha elaborado el Avance de la Revisión del Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la ciudad de Durazno, y el correspondiente Informe Ambiental Estratégico necesarios para la Puesta de Manifiesto.

 

CONSIDERANDO IV.- Que el Art. 24 de la Ley 18.308 de 18 de junio de 2008, determina la obligación de poner de manifiesto públicamente la documentación referida, por un término no menor de 30 días, dando amplia difusión, para la consulta y recepción de observaciones y aportes.

 

CONSIDERANDO V.- Que el Art. 24 de la Ley 18.308 de 18 de junio de 2008, posibilita que se dispongan medidas cautelares, con duración limitada desde el inicio del proceso de sanción y hasta la sanción definitiva del Instrumento de Ordenamiento Territorial respectivo.

 

ATENTO.- A lo anteriormente expuesto y a lo dispuesto por los Artículos 262, 274, 275 y concordantes de la Constitución de la República y normativa concordante,

 

EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO,

RESUELVE:

Primero.- Dispóngase la Puesta de Manifiesto de los Documentos de Avance y el Informe Ambiental  Estratégico del Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la ciudad de Durazno y su zona de influencia, por un plazo de 30 días corridos desde la primera publicación.

 

Segundo.- Dispóngase como medida cautelar, a partir de la vigencia de esta Resolución, la suspensión de los fraccionamientos de los suelos comprendidos en el ámbito de aplicación del Proyecto de Revisión del Plan Local de la ciudad de Durazno y su zona de influencia, cesando la medida una vez se proceda a la promulgación del Decreto emitido por parte de la Junta Departamental de Durazno.

 

Tercero.- Dispóngase la remisión de los documentos referidos anteriormente al Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (DINOT) y al Ministerio de Ambiente (DINACEA), según lo requerido por la reglamentación vigente.

 

Cuarto.- Por la Oficina de Prensa, dese la más amplia difusión e insértese en la página web de la Intendencia y publíquese en el Diario Oficial y periódicos de la ciudad de Durazno.

 

Quinto.- Cumplido, notifíquese a los Departamentos de Obras, Desarrollo y Medio Ambiente, y Servicios.

 


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