Skip to main content

RESOLUCIÓN: SERVICIOS ESENCIALES EN ACTIVIDADES DE LA IDD

logo iddurazno

Resolución Nº13836/2020.

Durazno, 25 de Marzo de 2020.

-VISTO: Las Resoluciones adoptadas por el Ejecutivo Departamental de Durazno, en virtud de la pandemia determinada por la Organización Mundial de la Salud, relacionada al virus denominado “COVID- 19”.-

-CONSIDERANDO I: Que las mismas fueron dictadas en relación a las medidas que se adoptaran a nivel Nacional ante la situación epidemiológica provocada por la expansión del virus antes mencionado el cual motivó la configuración de una emergencia sanitaria.-

-CONSIDERANDO II: Que existen determinadas actividades desarrolladas por esta Intendencia que deberán seguir cumpliéndose de forma normal ya que su limitación implicaría agravar la situación sanitaria y de seguridad de la población.-

-ATENTO: A los dispuesto en el Art. 275 Numeral 9 de la Constitución Nacional, Art. 35 de la Ley 9515 y demás normativa vigente.

EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO, RESUELVE

-Primero. Declárense “servicio esencial” a cumplir por parte de esta Intendencia Departamental, las siguientes actividades, independientemente de la repartición competente:

a) recolección de residuos domiciliarios

b) barrido de calles y plazas públicas

c) obras viales urbanas y rurales

d) limpieza y vigilancia de las instalaciones de la Intendencia Departamental

e) cuidado de animales e instalaciones del Bioparque “Washington Rodríguez Piquinela”

f) todos los servicios a cumplir en la Terminal de Ómnibus “Rodó”

g) los servicios de Necrópolis (Inhumaciones)

-Segundo.- Los funcionarios asignados previamente a las tareas descritas en el numeral anterior, deberán cumplir el horario de trabajo dispuesto en la Resolución Nº 18837/2020 de fecha 25/3/2020, debiéndose racionalizar los recursos humanos necesarios para el cumplimiento de los servicios esenciales decretados.-

-Tercero.- En caso de resultar necesario, aquellos funcionarios cuyas tareas se vieron interrumpidas completamente, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3º de la Resolución Nº 13611/2020, podrán ser citados a cumplir alguno de los servicios descritos en el numeral Primero de la presente resolución.

-Cuarto.- La nómina de actividades declaradas “esenciales” por el numeral primero de la presente resolución, puede verse ampliada, de acuerdo a las necesidades futuras.

-Quinto. Por la Oficina de Prensa y Propaganda, dése difusión en forma urgente, e insértese en la página Web: www.durazno.gub.uy.-

-Sexto. Pase a conocimiento y cumplimiento de los Sres. Directores Generales de Departamentos, Sra. Coordinadora General, Sres. Alcaldes de los Municipios de Sarandí del Yí y Villa Carmen y los Sres. Secretarios de Juntas Locales.-

-Séptimo. Cumplido y con las constancias de estilo, archívese.-