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“Limpia Sueldos” - Habilitado desde el 10 de marzo

El intendente, Dr. Felipe Algorta, participó este jueves de la firma del convenio entre el Congreso de Intendentes y el BROU. El acuerdo estará vigente desde el 10 de marzo y beneficia a todos los funcionarios municipales que tengan deudas o quieran acceder un nuevo préstamo.

En el marco de la 10ª sesión plenaria, el Congreso de Intendentes firmó un convenio con el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) por el que todos los funcionarios municipales accederán a nuevos préstamos o a la posibilidad de mejorar sus deudas con condiciones especiales. Este acuerdo, que estará vigente desde el 10 de marzo y se extenderá hasta el último día de abril, comenzó a gestarse hace algunos meses cuando el Congreso de Intendentes le planteó al Directorio del Banco encontrar soluciones para mejorar el acceso al crédito o la regularización de deudas con determinado atraso para los funcionarios de las diecinueve intendencias.

Tras una resolución del Directorio del BROU de noviembre de 2025, se aprobó el convenio que plantea las siguientes condiciones generales:

1.Condiciones especiales para nuevos préstamos

a. Se admitirá la renovación de las operaciones vigentes sin la exigencia del cumplimiento del requisito de cuotas pagas.

b. Las tasas a aplicar serán las bonificadas aplicadas en la campaña de Renovación de Activos realizada en el bimestre setiembre-octubre de 2025, salvo que las vigentes al momento del comienzo de esta campaña especial sean menores, en cuyo caso aplicarán las mencionadas en el último término.

c. Se extiende el plazo máximo para operaciones en Unidades Indexadas (UI) de 63 a 72 cuotas o en la misma proporción para aquellas Empresas Asociadas con restricciones de plazo.d.El alcance de estas condiciones abarca a la modalidad operativa con retención.

2. Condiciones especiales a través de un portal web para clientes personas físicas con deudas con el Banco con atraso mayor a 360 días al 31/12/2025

a. Importe a cobrar: saldo del capital actualizado por el valor de la Unidad Indexada entre la fecha de suscripta la operación y la de inicio de la campaña. Este importe se determinará en pesos y se mantendrá durante la vigencia de la campaña:

  • Deudas en pesos: importe en pesos que surja de la actualización del saldo de capital entre la fecha de concesión y la fecha de lanzamiento del programa.
  • Deudas en UI: saldo de capital convertido a pesos a la fecha de lanzamiento del programa.
  • Deudas en US$: saldo de capital convertido a pesos a la fecha de lanzamiento del programa.
  • Bonificación por pago contado: 20% sobre el importe a cobrar.

b. Financiación en pesos con las siguientes condiciones:

  • Tasa de financiación: 50% de la tasa con retención estándar.
  • Plazo de financiación: un mínimo de 7 meses hasta un máximo de 60 meses.

Cabe destacar que las deudas no requerirán nueva documentación, ya que continuarán afianzadas por los documentos de adeudo y vales originales. Los acuerdos se registrarán como convenios de pago, solicitándose conformidad Web de términos y condiciones. Los convenios caerán en forma automática ante incumplimiento de pago de 90 días, lo que implica volver a la situación de las deudas anterior al acuerdo.

Este convenio incluye la posibilidad que los funcionarios municipales puedan acceder a cursos de Educación Financiera a través de la Fundación Banco República.