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Intendencia de Durazno advierte sobre personas invocando ser inspectores de Salubridad

La Intendencia Departamental de Durazno informa a la población y en particular a los comerciantes que al haber nuevamente constatado que personas han invocado ser Inspectores de Salubridad de la IDD solicitando pagos de dinero en efectivo por trámites o gestiones, que:
 
Los Inspectores de salubridad de la IDD exhiben en todo momento su identificación como tal.
 
En ningún momento Inspectores de la Intendencia de Durazno proceden a realizar cobro alguno; bajo ninguna circunstancia.

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Intendencia informa sobre rol de la Policía Territorial y de la edificación

 
En el marco de lo dispuesto por Ia Ley N°18.308 "Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible" y sus Decretos Reglamentarios, asi como lo establecido en el Decreto Departamental N°2315/2014 "Plan Local Durazno" y Decreto Departamental N° 2472/2019, se comunica a toda la población del departamento de Durazno, que, al amparo de los poderes de Policia Territorial y de Ia Edificacion, la Intendencia Departamental, Ilevará a cabo inspecciones, pericias, pedido de datos, intimaciones y demas actuaciones, que sean necesarias para hacer cumplir los instrumentos de ordenamiento territorial, identificando todas aquellas acciones, obras, fraccionamientos, operaciones y loteos de todo tipo realizadas en contravencion de las normas aplicables, estando facultada a prohibir, impedir su prosecucion y demoler a costa del propietario toda obra efectuada en violacion a los instrumentos ya referidos, sin pejuicio de las sanciones aplicables a los infractores. 

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Cambio de horario desde el lunes 1º Marzo 2021

Resolución Nº 3037/2021 

Durazno, 25 de Febrero de 2021

-VISTO: Que es necesario fijar el horario en las distintas reparticiones de la Intendencia Departamental de Durazno en la temporada de invierno.-

-CONSIDERANDO I: Que se hace necesario adecuar el horario a cumplir por los funcionarios administrativos y obreros de servicio que cumplen régimen de ocho (8) horas.-

-CONSIDERANDO II: Que la normativa vigente aconseja la coordinación básica de horario entre nuestra Institución y los demás Organismos Públicos.-

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