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Resolución nuevo horario en la Intendencia de Durazno

                     Resolución Nº 4531/2024 

                  Durazno, 29 de Abril de 2024

-VISTO: Que por Resolución N° 2421/2024 de fecha 28/01/2024 el Ejecutivo Departamental resolvió el horario a cumplir por la Administración durante la temporada de invierno, estableciendo el horario de 13 a 19 horas para los funcionarios administrativos de todas sus dependencias.-

-CONSIDERANDO I: Que es de vital importancia que la Intendencia de Durazno funcione en horarios accesibles para la ciudadanía.-

-CONSIDERANDO II: Que se ha constatado que el  horario actual no coincide con las actividades habituales de la ciudadanía, quienes suelen realizar trámites antes de las 18:00 horas .-

-CONSIDERANDO III: Que el horario de atención actual de las oficinas administrativas de 13:00 a 19:00 horas ha resultado en un uso extendido de iluminación y calefacción, especialmente en estos meses de invierno, lo que se traduce en un mayor consumo energético.-

CONSIDERANDO III: Que la actual Administración está comprometida en contemplar la conveniencia de los ciudadanos facilitando el acceso a los servicios y trámites gubernamentales, así como también en contribuir en la disminución de los efectos del cambio climático.

-CONSIDERANDO IV: Que se ha estudiado el horario de 12 a 18 horas, el cual contempla la accesibilidad para los ciudadanos, disminuyendo el uso energético y a su vez permite a los funcionarios almorzar en sus hogares, mejorando su bienestar y evitando interrupciones durante el trabajo.

-CONSIDERANDO V: Que la combinación de un horario accesible para la ciudadanía y respetuoso del medio ambiente no sólo beneficia a los individuos y a la naturaleza, sino que también refleja el compromiso con el bienestar de la comunidad y con la sostenibilidad a largo plazo.

-ATENTO: A lo precedentemente expuesto y amparado en lo que establece la Constitución de la República; el Art. 77 Ley 17556; el Decreto Nº 317/997 del Poder Ejecutivo Nacional, Ley 9515 /1935.-

-EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO; RESUELVE:

-Primero. Fíjase el horario que  regirá para los funcionarios administrativos en régimen de ocho (8) horas, en la temporada de invierno, a partir del día lunes 6  de mayo  de 2024 y hasta nueva orden, en las Oficinas Centrales de la Intendencia Departamental de Durazno, Departamento de Administración, Hacienda, Servicios y Medio Ambiente, Obras, Promoción Social y Desarrollo, Coordinación General, Municipios de Sarandí del Yí y Carmen, Juntas Locales del Departamento, Secretaría Privada del Señor Intendente, División Asesoría Letrada, División Secretaría Administrativa, Oficina de Prensa y Propaganda, Oficina de Eventos y demás Oficinas de la Intendencia Departamental, será para el personal administrativo de lunes a viernes de 12.00 a 18.00 horas.-

-Segundo. El horario de Cajas de atención al Público será de 12 y 15 a 17 y 30 horas.-

-Tercero. El horario fijado, regirá en condiciones normales del servicio, pudiendo extenderse hasta 7.15 horas de trabajo continuas, cuando el Jerarca respectivo así lo dispusiera, por necesidad del servicio y sin generar horas extras.-

-Cuarto. El horario de la Oficina Delegada de Durazno en Montevideo, será de lunes a viernes de 12.00 a 18.00 horas, con horario de Cajas de atención al Público de 12 y 15 a 17 y 30 horas.-

-Quinto. Lo precedentemente dispuesto no incluye modificación en los haberes que perciben los funcionarios de la Intendencia Departamental de Durazno.-

-Sexto. En caso de que para la actividad financiera del Departamento se fije un horario no  coincidente aunque sea parcialmente con el determinado, se adecuará el horario de Oficinas Recaudadoras.-

-Séptimo. No están comprendidas en el presente horario, aquellas reparticiones que puedan ser autorizadas a regirse por distintos horarios (Centros de Integración Barrial, Departamentos de Servicios, Obras,  Promoción Social,  Administración y Desarrollo y Medio Ambiente en lo pertinente) en razón de los servicios especiales que prestan, coordinando los horarios con los Sres. Directores Generales  o Jerarcas correspondientes, quienes previamente solicitaran al Ejecutivo su autorización.-

-Octavo. Cúmplase y comuníquese por el Departamento de Administración, a las distintas reparticiones. Por la Oficina de Prensa y Propaganda dese difusión y por la Oficina de Centro de Cómputos insértese en la página web.

-Noveno. Fecho, con las constancias correspondientes, archívese.-

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