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Resolución Nº9306/2024 - Adjudicase la licitación pública Nro. 9/2024 “Mantenimiento de calles en la Ciudad de Sarandí del Yí”

Resolución Nº9306/2024 

Durazno, 25 de Septiembre de 2024

 

VISTO: Los presentes obrados referentes a la Licitación Pública número 9/2024 que tiene por objeto “Mantenimiento de calles en la Ciudad de Sarandí del Yí”, tramitado en el geo expediente administrativo 2024-3324.

RESULTANDO I): Que se realizaron las publicaciones correspondientes, en tiempo y forma y se le dio al llamado de la especie la difusión pertinente cumpliéndose con todas las formalidades exigidas por la normativa vigente, primando los principios consagrados en el artículo 149 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera.

RESULTANDO II): Que conforme al informe de División Contaduría número 1007/2024 de fecha 13 de Mayo de 2024, la obra será financiada con créditos presupuestales de la Intendencia Departamental de Durazno, computándose los gastos al programa 4011 (Municipio de Sarandí del Yí – Obras), rubros 5089 y 5389.

RESULTANDO III): Que el día 24 de junio de 2024 se procedió al acto de apertura de ofertas habiéndose presentado a la misma seis empresas: BAMILIR S.A, LUBINFOX S.A, PLA GONZALEZ PABLO GERMAN, MOLINSUR S.A, MELITER S.A y GRINOR S.A.

RESULTANDO IV): Que se remitieron las presentes actuaciones al Departamento de Obras para su informe de acuerdo a los criterios de ponderación fijados en el Pliego Particular de Condiciones.

RESULTANDO V): Que del informe técnico del Departamento de Obras Nº 337/2024 de fecha 9 de julio de 2024, surge que en vista del incumplimiento de los requerimientos solicitados por parte de la empresa MELITER S.A y que tanto la empresa BAMILIR S.A y LUBINFOX S.A, cumplen con la totalidad de requerimientos técnicos solicitados, considerando que la diferencia de montos es inferior al 5% entre los montos ofertados, se sugiere se considere la mejora de oferta.

RESULTANDO VI): Que a fs. 888 de este expediente, se agrega conformidad del Consejo Municipal de Sarandí del Yí, respecto a lo informado por el técnico actuante.

CONSIDERANDO I): Que el Pliego Particular de Condiciones estableció criterios cualitativos y cuantitativos para la evaluación de las ofertas en consonancia con lo establecido en el artículo 48 del TOCAF, especificando que se evaluará la oferta más económica, siempre que la misma cumpla con la totalidad de los requisitos detallados en la Sección II del Pliego.

CONSIDERANDO II): Que con fecha 26 de julio de 2024 reunida la Comisión Asesora de Licitaciones y Adjudicaciones, visto el informe del Departamento de Obras y en conformidad con el artículo 66 inciso 14 del TOCAF, solicitan mejora de ofertas a aquellos oferentes que cumplan con los requerimientos técnicos solicitados en el pliego licitatorio, considerándose las ofertas con precio similar, que no difieran en más de un 5% (cinco por ciento) del precio de la menor, procurando obtener un precio final que resulte más conveniente para la Administración.

CONSIDERANDO III): Que por resolución Nº 7300/2024 de fecha 29 de julio de 2024, se concede un plazo de tres días hábiles a las empresas LUBINFOX S.A  y BAMILIR S.A. a efectos de que presenten mejora de ofertas.

CONSIDERANDO IV): Que con fecha 12 de agosto de 2024, reunida la Comisión Asesora de Licitaciones y Adjudicaciones,  se labra acta de apertura de sobres con mejora de ofertas, de la cual se desprende que la empresa BAMILIR S.A mantiene la oferta original, la empresa LUBINFOX S.A cotiza por un monto total de $ 19.655.952,53 IVA y Leyes Sociales incluidos.- Monto imponible $ 2.818.296.-

CONSIDERANDO V): Que surge nuevo informe técnico del Departamento de Obras Nº 432/2024 de fecha 13 de agosto de 2024, del cual se desprende que BAMILIR S.A es el oferente que presenta una menor cuantía luego de materializado el mecanismo de Mejora de Oferta dispuesta en el TOCAF.  

CONSIDERANDO VI): Que con fecha 21 de agosto de 2024 reunida la Comisión Asesora de Licitaciones y Adjudicaciones, vistas las ofertas presentadas, la documentación adjunta y el informe técnico del Departamento de Obras, sugiere se adjudique la presente licitación pública a la empresa BAMILIR S.A, por un monto total de comparación con IVA y Leyes Sociales de $ 19.375.580, Monto imponible $ 2.777.917,83.

CONSIDERANDO VII): Que en el Pliego Particular de Condiciones se especifica que la Administración  se reserva el derecho de aceptar y/o rechazar todas las ofertas cuando no sean convenientes para la Administración o que no se ajusten en forma sustancial al proyecto o llamado a licitación conforme lo establece el artículo 68 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) pudiendo incluso apartarse del dictamen de la Comisión Asesora de Adjudicaciones.

CONSIDERANDO VIII): Que surge del informe número 1990/2024 de fecha 27 de agosto de 2024 que la obra licitada se financiará con créditos presupuestales de la Intendencia Departamental de Durazno, correspondiendo imputar la misma al Programa 4011 (Municipio de Sarandí del Yí – Obras), rubro 5089 (Otras cargas legales sobre servicios personales) y rubro 5389 (Otras construcciones de dominio público), contando dichos rubros con disponibilidad suficiente a tales efectos.

CONSIDERANDO IX): Que se remitieron las presentes actuaciones al Tribunal de Cuentas de la República (E.E.Nº2024-17-1-0003709, Ent. Nº3393/2024), resultando Resolución Nº 2263/2024 de fecha 11 de septiembre de 2024, mediante la cual el Tribunal dispuso: Dictada la Resolución por el Ordenador competente cométase al Contador Delegado ante la Intendencia de Durazno la intervención del monto total de comparación con IVA y Leyes Sociales de $ 19.375.580, Monto Imponible $ 2.777.917,83, a favor de la firma BAMILIR S.A, previo control de su imputación en el rubro correspondiente con disponibilidad presupuestal suficiente; Comunicar al Contador Delegado; Devolver las actuaciones.

CONSIDERANDO X): Que se ha cumplido con todos los requisitos exigidos por las normas contenidas en el Pliego Condiciones Generales y Particulares que rige el presente llamado y en las disposiciones contenidas en el Decreto del Poder Ejecutivo N° 95/1991 (T.O.C.A.F), Ley 15.903, normas complementarias y modificativas.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y las facultades legales:

EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO

RESUELVE:

1°) ADJUDICACIÓN: Adjudicase la licitación pública Nro. 9/2024 “Mantenimiento de calles en la Ciudad de Sarandí del Yí”, a  la empresa BAMILIR S.A, por un monto total de comparación con IVA y Leyes Sociales de $ 19.375.580, Monto imponible $ 2.777.917,83, conforme a lo expresado en los Resultandos V, VI y Considerandos I, II, III., IV, VI y VIII.

2°) REMISIÓN: Remítase los presentes obrados al Contador Delegado del Tribunal de Cuentas conforme a lo expresado en el Considerando IX.

3°) TRÁMITE: Efectúese las notificaciones que correspondan, procediéndose posteriormente a suscribir el contrato correspondiente.

4°) DIFUSIÓN: Dese difusión en las páginas web: www.durazno.gub.uy y en www.comprasestatales.gub.uy

5°) Fecho siga al Departamento de Obras y Hacienda, para su conocimiento y demás efectos. 

 

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