Resolución Nº706/2025 - Adjudicase la licitación pública Nro. 19/2024
Resolución Nº706/2025
Durazno, 17 de Enero de 2025
VISTO: Los presentes obrados referentes a la Licitación Pública número 19/2024 que tiene por objeto “Repavimentación de calles en tratamiento bituminoso (Santa Bernardina- Durazno)”, tramitado en el geo expediente administrativo 2024-5702.
RESULTANDO I): Que se realizaron las publicaciones correspondientes, en tiempo y forma y se le dio al llamado de la especie la difusión pertinente cumpliéndose con todas las formalidades exigidas por la normativa vigente , primando los principios consagrados en el artículo 149 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera.
RESULTANDO II) Que conforme al informe de División Contaduría número 2054/2024 de fecha 2 de Setiembre de 2024, la presente debe imputarse al programa 2020 (Obras de vialidad urbana) rubros 0890 y 3890.
RESULTANDO III) Que el día 10 de octubre de 2024 se procedió al acto de apertura de ofertas habiéndose presentado a la misma ocho empresas: BATISTA OLIVERA HONORIO BENITO, LUBINFOX S.A., EMILIO DIAZ ALVAREZ S.A., MELITER S.A., BAMILIR S.A., IMPACTO CONSTRUCCIONES S.A., GRINOR S.A., JOSE CUJÓ S.A.; expresando en acta la empresa EMILIO DIAZ ALVAREZ S.A, que la oferta de la empresa BATISTA OLIVERA HONORIO BENITO no se encuentra foliada.
RESULTANDO IV) Que se remitieron las presentes actuaciones al Departamento de Obras para su informe de acuerdo a los criterios de ponderación fijados en el Pliego Particular de Condiciones.
RESULTANDO V) Que del informe técnico del Departamento de Obras, surge que las empresas BATISTA CONSTRUCCIONS S.A. y EMILIO DAZ ALVAREZ S.A, alcanzan puntajes que difieren en menos del 5% en cuanto a monto cotizado, ambas ofertas cumplen con los requisitos técnicos requeridos en la SECCION II del Pliego de Condiciones, sugiriéndose un mejoramiento de ofertas entre ambas empresas.
CONSIDERANDO I) Que con fecha 30 de octubre de 2024 reunida la Comisión Asesora de Licitaciones y Adjudicaciones, visto el informe del Departamento de Obras que antecede y resultando de interés realizar la presente licitación, solicitan mejora de oferta de las empresas BATISTA OLIVERA HONORIO BENITO Y EMLIO DIAZ ALVAREZ S.A.
CONSIDERANDO II) Que por Resolución número 10868/2024 de fecha 13 de noviembre de 2024, el Intendente Departamental, otorgó un plazo de dos días hábiles para presentar mejora de oferta a las empresas BATISTA OLIVERA HONORIO BENITO Y EMLIO DIAZ ALVAREZ S.A.
CONSIDERANDO III) Que únicamente presentó mejora la empresa EMLIO DIAZ ALVAREZ S.A. remitiéndose a estudio técnico, determinándose que la oferta presentada es más económica y cumple con los requisitos técnicos.
CONSIDERANDO IV): Que con fecha 5 de diciembre de 2024 reunida la Comisión Asesora de Licitaciones y Adjudicaciones, visto el informe del Departamento de Obras que antecede sugieren adjudicar la presente a la empresa EMLIO DIAZ ALVAREZ S.A. por un monto total de obra de $15.733.854 IVA y Leyes Sociales incluidas, Monto Imponible $1.668.085.
CONSIDERANDO V) Que el Pliego Particular de Condiciones estableció criterios cualitativos y cuantitativos para la evaluación de las ofertas en consonancia con lo establecido en el artículo 48 del TOCAF, especificándose que se evaluará la oferta más económica, siempre que la misma cumpla con la totalidad de los requisitos detallados en la memoria correspondiente.
CONSIDERANDO VI) Que en la Sección I del Pliego Particular de Condiciones se establece “El oferente presentará en formato papel en sobre cerrado el original y una copia de la oferta todo debidamente foliado y firmado por el representante legal y representante técnico (Ingeniero Civil)…”
CONSIDERANDO VII) Que en el Pliego Particular de Condiciones se especifica que la Administración se reserva el derecho de aceptar y/o rechazar todas las ofertas cuando no sean convenientes para la Administración o que no se ajusten en forma sustancial al proyecto o llamado a licitación conforme lo establece el artículo 68 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) pudiendo incluso apartarse del dictamen de la Comisión Asesora de Adjudicaciones.
CONSIDERANDO VIII) Que surge del informe número 2963/2024 de fecha 6 de diciembre de 2024, que la presente debe imputarse al Programa 2020 (Obras de Vialidad Urbana) rubros 0890 y 3890, ejecutándose gran parte de la misma en el ejercicio 2025 contándose con disponibilidad a tales efectos en dicho ejercicio.
CONSIDERANDO IX) Que se remitieron las actuaciones al Tribunal de Cuentas de la República, quien en sesión de fecha 27 de diciembre de 2024 por resolución número 3304/2024 (E.E.N°2024-17-1-0005244, Ent N°4780/2024) dispuso: “1°Observar el gasto, 2° Devolver las actuaciones”.
CONSIDERANDO X) Que se ha cumplido con todos los requisitos exigidos por las normas contenidas en el Pliego Condiciones Generales y Particulares que rige el presente llamado y en las disposiciones contenidas en el Decreto del Poder Ejecutivo N° 95/1991 (T.O.C.A.F), Ley 15.903, normas complementarias y modificativas.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y las facultades legales:
EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO
RESUELVE:
1°) ADJUDICACIÓN: Adjudicase la licitación pública Nro. 19/2024 “Repavimentación de calles en tratamiento bituminoso (Santa Bernardina- Durazno)” a la empresa EMILIO DIAZ ALVAREZ S.A. por un monto total de comparación de $15.733.854 IVA y Leyes Sociales incluidos, Monto Imponible de $1.668.085, conforme a lo expresado en los Considerandos IV,V, V,VII.
2°) REMISIÓN: Remítase los presentes obrados a conocimiento del Contador Delegado del Tribunal de Cuentas de la República.
3°) REITERACIÓN: Vuelva a Oficina de Licitaciones a efectos de reiterar el gasto conforme el Considerando IX.
4°) TRAMITE: Fecho, efectúense las notificaciones que correspondan, procediéndose posteriormente a suscribir el contrato correspondiente.
5°) DIFUSIÓN: Dese difusión en las páginas web: www.durazno.gub.uy y en www.comprasestatales.gub.uy
6°) Fecho siga al Departamento de Obras y Hacienda, para su conocimiento y demás efectos
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