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Resolución Nº13216/2017. Cambio de horario en IDD desde el 11 diciembre 2017

Resolución Nº13216/2017. Durazno, 1 de Diciembre de 2017.  VISTO: Que es necesario fijar el horario en las distintas reparticiones de la Intendencia Departamental de Durazno en la temporada de verano.-

CONSIDERANDO I: Que se hace necesario adecuar el horario a cumplir por los funcionarios administrativos y obreros de servicio que cumplen régimen de ocho (8) horas.-

CONSIDERANDO II: Que la normativa vigente aconseja la coordinación básica de horario entre nuestra Institución y los demás Organismos Públicos.-

CONSIDERANDO III: Que atento a ello y no estando aún fijado el horario de la actividad financiera en el Departamento, corresponde fijarlo para la Intendencia.-

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 3ero. de la Ley 9515 y demás normas concordantes, complementarias y modificativas.

EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO, RESUELVE:

Primero. Fijase el horario que regirá para los funcionarios administrativos en régimen de ocho (8) horas, en la temporada de verano, a partir del día lunes 11 de diciembre de 2017, en las Oficinas Centrales de la Intendencia Departamental de Durazno, Departamento de Administración, Hacienda, Servicios, Obras, Promoción Social y Desarrollo y Medio Ambiente, Coordinación General, Municipios de Sarandí del Yí y Villa Carmen, Juntas Locales del Departamento, División Asesoría Letrada, División Secretaría Administrativa, Oficina de Prensa y Propaganda y demás Oficinas de la Intendencia Departamental, será para el personal administrativo de lunes a viernes de 09:00 a 15:00.-

Segundo. De acuerdo a lo establecido en el Tramite Nº 2017-27775, el personal obrero y de servicios deberá cumplir una jornada de 7:15 horas de labor.-

Tercero. El horario de Cajas de atención al Público será de 09:15 a 14:30 horas.-

Cuarto. El horario fijado de seis (6) horas diarias, regirá en condiciones normales del servicio, pudiendo extenderse hasta 7:15 horas de trabajo continuas cuando el Jerarca respectivo así lo ordene, por necesidad de servicio y sin generar horas extras.- En aquellos casos en que se fije horario discontinuo, se deberán contemplar las 7:15 horas de trabajo efectivo, no generándose horas extras hasta las 8 horas de labor, si el jerarca así lo dispusiera.-

Quinto. El horario de la Oficina Delegada de Durazno en Montevideo, será de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, con horario de Cajas de atención al Público de 09:15 a 14:30 horas.-

Sexto. Lo precedentemente dispuesto no incluye modificación en los haberes que perciben los funcionarios de la Intendencia Departamental de Durazno.-

Séptimo. En caso de que para la actividad financiera del Departamento se fije un horario no coincidente aunque sea parcialmente con el determinado, se adecuará el horario de Oficinas Recaudadoras.-

Octavo. No están comprendidas en el presente horario, aquellas reparticiones que puedan ser autorizadas a regirse por distintos horarios, en razón de los servicios especiales que prestan, coordinando los horarios con el Sr. Director General del Departamento o jerarca correspondiente, quien lo comunicará al Ejecutivo.-

Noveno. Cúmplase y comuníquese por el Departamento de Administración, a las distintas reparticiones.- Por la Oficina de Prensa y Propaganda dese difusión, insértese en la página web www.durazno.gub.uy

Vuelto, con las constancias correspondientes, archívese.

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