Resolución Nº4149/2021
Resolución Nº4149/2021
Durazno, 24 de Marzo de 2021
VISTO: La Resolucion Nº 4148/2021 del día 24 de marzo de 2021 dictada por el Ejecutivo Departamental de Durazno, en virtud de la situación epidemiológica provocada por la expansión de la infección del COVID- 19, que ha motivado la configuración de otra Emergencia Sanitaria Nacional con efecto sobre los ámbitos de competencia territorial y material de los Gobiernos Departamentales.-
RESULTANDO: Que a través de la mencionada resolución se toman medidas referentes a la disminución de la movilidad y el ritmo de contagios de COVI-19.-
CONSIDERANDO : Que existen determinadas actividades desarrolladas por esta Intendencia que
deberán seguir cumpliéndose de forma normal , ya que su limitación implicaría agravar la situación
sanitaria y de seguridad de la población.-
ATENTO: A los dispuesto en el Art. 275 Numeral 9 de la Constitución Nacional, Art. 35 de la Ley 9515 y demás normativa vigente.
EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO
RESUELVE:
Primero.- Declárense “servicio esencial” a cumplir por parte de esta Intendencia Departamental, las siguientes actividades, independientemente de la repartición competente:
a) recolección de residuos domiciliarios
b) barrido de calles y plazas públicas
c) obras viales urbanas y rurales
d) limpieza y vigilancia de las instalaciones de la Intendencia Departamental
e) cuidado de animales e instalaciones del Bioparque “Washington Rodríguez Piquinela”
f) todos los servicios a cumplir en la Terminal de Ómnibus “Rodó”
g) los servicios de Necrópolis (Inhumaciones)
h) servicios de mantenimiento del Departamento de Obras
i) servicios inspectivos de División Tránsito del Departamento de Administración, Municipio de Sarandí del Yí y Municipio de Villa del Carmen.-
j) servicios de comedores y entrega de canastas de alimentos del Departamento de Promoción Social, Juntas Locales pertinentes y Municipios de Sarandí del Yi y Villa del Carmen
k) servicios inspectivos de la División Salubridad del Departamento de Servicios
l) Liquidación de haberes y retención de aportes del Departamento de Hacienda
Segundo.- La presente ennumeración, puede ser ampliada y/o modificada en cualquier momento, cuando la necesidad del servicio así lo requiera.
Tercero.- Por la Oficina de Prensa y Propaganda, dése difusión en forma urgente, e insértese en la página Web de esta Intendencia y redes sociales.
Cuarto.- Pase para conocimiento y cumplimiento de todos los Señores Directores Generales de
Departamentos, Sres. Alcaldes de los Municipios de Sarandí del Yí y Villa del Carmen, Sres. Secretarios de Juntas Locales y Sra. Coordinadora General, Secretaría Privada, División Secretaría Administrativa, Oficina Delegada de Montevideo y División Asesoría Letrada, y demás reparticiones de esta Intendencia, debiendo dar la difusión correspondiente a cada Sección que les pertenezca, sin quedar ningún funcionario sin tomar conocimiento del mismo.-
Quinto.- Cumplido y con las constancias de estilo, archívese.-
- Creado el