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LLAMADO DE INTERÉS PARA LA EXPLOTACIÓN DEL PARADOR DE PLAYA EL SAUZAL “ENRIQUE HUGARTE IZCUE”

PRIMERO.- Objeto: La Intendencia de Durazno llama a interesados para la explotación, fomento y promoción turística del Parador de Playa el Sauzal “Enrique Hugarte Izcué”.

SEGUNDO.- Criterios que la IDD tomará en cuenta:

a) servicios a prestar, frecuencia de los mismos y todas las demás características inherentes al objeto del llamado. (20 puntos)

b) estrategias para promover el turismo en el Departamento, especialmente en la zona de influencia del parador. (10 puntos)

c) oferta gastronómica, de estación y/o permanente. (10 puntos)

d) reacondicionamiento y mantenimiento del edificio en su interior, así como exterior. (20 puntos)

e) mobiliario a utilizar (indicar específicamente ). (10 puntos)

f) antecedentes de gestión comercial, en especial los relacionados con la Intendencia Departamental de Durazno, así como los relacionados al rubro. (20 puntos)

g) oferta económica. (10 puntos)

TERCERO.- Responsabilidades del adjudicatario:

a) La contratación y pago de servicios de energía eléctrica, internet y teléfonía, desde el momento en que se notifique la adjudicación y hasta la finalización del plazo otorgado para la explotación.

b) El registro e inscripción ante los organismos públicos necesarios para la explotación, tales como BPS, DGI, AGADU, etc.

c) La regularidad en la explotación en el giro que se explote.

d) La refacción del edificio, adecuando el mismo a las condiciones requeridas para el uso propuesto; así como el mantenimiento del bien durante el plazo de concesión.

e) Abonar puntualmente TODOS los precios y tributos nacionales y/o departamentales, que se generen ante cualquier institución, en función de la actividad que se desarrollare en el lugar a partir del momento de la adjudicación.

f) Cumplir estrictamente con las Ordenanzas Departamentales y disposiciones legales vigentes relativas al servicio a prestarse, especialmente en materia de higiene, salubridad, bromatología y ruidos molestos. A dichos efectos, deberá contar con la habilitación de comercio otorgada por esta Intendencia, en forma previa al inicio de la explotación.

g) El prestar correcta y deferente atención al público en la ejecución del servicio y fijar precios razonables que contemplen las legitimas expectativas del publico, evitando abusos para el consumidor. Asimismo, los funcionarios del local deberán estar correctamente vestidos, no permitiéndose que los mismos estén con el torso desnudo.

CUARTO.- Atención y horarios:

Los horarios serán fijados por la Intendencia Departamental en coordinación con el adjudicatario. Asimismo, únicamente se permitirá el uso de aparatos acústicos luego de la hora 10 y hasta la hora 23:59 de los días domingos a miércoles, y luego de la hora 10 de los días jueves a sábados y hasta la hora 1:59 del día siguiente. Sin perjuicio de ello, y previa solicitud por escrito, los Sres. Directores de los Departamentos de Servicios y Administración, en forma conjunta, podrán conceder extensiones en el horario de funcionamiento, para días específicos indicados en la solicitud.

QUINTO.- Plazo de concesión:

La concesión del servicio en lo referente al plazo, quedará condicionada a las ofertas presentadas, pudiendo la Administración concederla en los términos siguientes:

a) Hasta el último día de Semana de turismo de 2018, o

b) Hasta el 30 de junio de 2020.

Las ofertas deberán expresar claramente la opción que ofrecen, en cuanto al plazo de concesión.

Durante dicho plazo, el adjudicatario se encuentra obligado al cumplimiento de las responsabilidades determinadas en la cláusula “tercero” de este pliego.

SEXTO.- Adjudicación:

La Intendencia de Durazno se reserva el derecho de:

a) Aceptar cualquiera de las propuestas o rechazarlas todas.

b) Inspeccionar periódicamente y en cualquier momento que se crea conveniente el local así como el funcionamiento del mismo.

c) Declarar la caducidad de la concesión, en caso de que se constate el incumplimiento por parte del concesionario de alguna de las obligaciones asumidas. La caducidad no dará lugar a ningún tipo de indemnización o compensación de naturaleza alguna al concesionario; debiéndose en tal caso entregarse el local libre en un plazo de 72 horas a partir de que la resolución de la Administración quede firme.

SÉPTIMO: Firma del contrato:

El adjudicatario seleccionado deberá suscribir el contrato de concesión correspondiente con los derechos y obligaciones determinados en el presente llamado, y tramitar las habilitaciones comerciales y bromatológicas correspondientes.

OCTAVO.- Se previene que:

a) No podrá presentar oferta ningún funcionario municipal ni su cónyuge o concubino (articulo 41 de la Ley Nº 9.515).

b) No se adjudicará ningún rubro a Empresa o Persona que mantenga deudas de cualquier tipo con la Intendencia Departamental de Durazno.

c) Bajo ningún concepto se permitirá tercerizar o subcontratar el servicio adjudicado sin contar con la previa autorización del Intendente Departamental. El incumplimiento implicará la rescisión inmediata de la adjudicación.

NOVENO.- Presentación de propuestas:

Las propuestas debidamente firmadas se presentaran en sobre cerrado. En el interior del mismo se establecerá: los datos personales, los recaudos solicitados y constancia de estar al día con la IDD en caso de estar inscripto en la Tasa Bromatológica o de Higiene Ambiental o declaración jurada de no se sujeto pasivo de dichos tributos. Las propuestas se recibirán hasta el día 20 de diciembre de 2017, en División Abastecimiento de la I.D.D, hasta la hora 11:30, y la apertura se realizará el mismo día a la hora 12:00 en la Intendencia de Durazno.